VENTAJAS DEL ARBITRAJE CON RELACION A LA JURISDICCION

  1. Evitando la competencia de los ordinarios Tribunales Estatales, ambas partes someten el litigio a un organismo jurídico, no estatal, dandole su confianza.
  2. Las partes participan en la constitución del organismo decisivo con eligir los arbitres.
  3. La resolución del litigio se hace por un procedimiento simple, conocido previamente por ambas partes. Ellas le pueden cambiar o adaptar a las particularidades del litigio.
  4. Las partes someten el litigio a arbitres que tienen conocimientos especiales que la mayoria de los juezes no poseen.
  5. La expeditividad es una de las gran ventajas del arbitraje. El proceso tiene lugar en una sola instancia. Los procesos terminan normalmente dentro de 6 a 9 meses.
  6. Las resoluciones arbitrales son definitivas, tienen que ser cumplidos volutariamente, y se distinguen por su estabilidad,  ya que podrían ser atacados solamente por recurrir a la via judicial.
  7. El proceso arbitral es más económico. La tasa recogida no es un percentaje permanente, pero reduciendose con aumentar la apelación. Los gastos para la defensa, los expertos, intérpretes, etc, se hacen en una sola instancia.
  8. El proceso arbitral no es público,  es confidencial, razón por la cual el arbitraje tiene la posibilidad de impedir que las relaciones entre ambas partes empeoren.
  9. Para el arbitraje no son aplicables los límites de la sujeción internacional de los Tribunales estatales.
  10. La parte correcta del contrato respectivo podría evitar la necesidad, la incomodidad, los gastos y la desigualdad de entablar un proceso contra la parte incorrecta al extranjero.
  11. Dado que ambas partes se han sometido al arbitraje volunariamente, sería más probable que ellas siguen guardando sus buenas relaciones de negocio.
  12. El cumplimiento de la resolución arbitral al extranjero esta guarantizado por el Convenio de Nueva York en un grado mucho más alto que de cumplir en el extranjero las resoluciones de los Tribunales estatales.